ABOGADO EN HUELVA CAPITAL: ¿En qué consiste la declaración judicial de incapacitación?
Martín Lara Abogados, es un despacho de carácter jurídico en Huelva capital, que abarca diferentes ramas del Derecho. Por tanto, ofrecemos un amplio abanico de servicios jurídicos como abogados de familia, civil, bancario, laboral, etc. Nuestro objetivo es responder a las demandas de la sociedad, y resolver los problemas cotidianos que se plantean fruto de las relaciones entre el Derecho y la Sociedad. Por otra parte, pasaremos a explicar en qué consiste la declaración judicial de incapacitación.
¿Qué entendemos por declaración judicial de incapacitación?
- Se comprenderá que privar de la capacidad de obrar a una persona.
- Que en un principio goza de ella, es una cuestión sumamente grave.
- Cuestión que queda única y exclusivamente encomendada a la autoridad judicial.
- Sólo el Juez y mediante sentencia, en virtud de las causas establecidas en el art. 200, podrá declarar incapaz a una persona cualquiera.
- La flexibilidad de la Ley 13/1983, se manifiesta fundamentalmente en los siguientes aspectos:
- La incapacitación declarada por la sentencia puede ser total o parcial.
- Sentencia que declara la incapacitación es revisable.
- Dado que las condiciones físicas o psíquicas del incapacitado pueden variar (mejorando o empeorando)
- Sentencia de incapacitación no impedirá, que pueda instarse judicialmente una nueva declaración que pueda dejar sin efecto o modificar alcance de incapacitación ya establecida.
«La sentencia recaída en un procedimiento de incapacitación no impedirá que, sobrevenidas nuevas circunstancias, pueda instarse judicialmente una nueva declaración que tenga por objeto dejar sin efecto o modificar el alcance de la incapacitación ya establecida (art. 212 CC).